Mercados de Carbono

En esta sección podrá encontrar más información sobre los mecanismos basados en mercado, en particular los mercados de carbono, y el rol que puede tener el sector privado en estos mecanismos. Además de conocer cómo esta participación se puede vincular con la NDC.

¿Qué son los mercados de carbono?

Los mercados de carbono son uno de los mecanismos basados en mercados que existen como una herramienta para la mitigación del cambio climático. Los mecanismos basados en el mercado son instrumentos de política que utilizan los mercados, precio y otras variables económicas para brindar incentivos a los emisores de gases de efecto invernadero (GEI) para que reduzcan sus gases o alcancen la carbono neutralidad al abordar las externalidades negativas (IISD, 2022).

Son instrumentos que buscan fijar precios a las emisiones de gases de efecto invernadero. Existen mercados que se generan a nivel nacional, regional e internacional. Son mercados que son creados para objetivos bien definidos. Las reglas y normas que rigen a cada uno de estos mercados son diferentes pues depende del mercado del que estemos hablando. Si es un mercado nacional, es el ente rector nacional quien define las reglas. En el caso del mercado internacional, es por medio del proceso de negociación bajo la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (CMNUCC) que se definen las reglas del mercado.

Para más información sobre otros instrumentos de precio al carbono:

A continuación, se presenta un diagrama simplificado de un mercado de carbono:

Algo que tienen en común estos mercados es que al igual que en los mercados convencionales, existe la oferta y demanda. Por una parte, del lado de la demanda se tiene una entidad que está emitiendo GEI y que los necesita compensar ya sea porque quiere (motivación voluntaria de compensar, por ejemplo, por Responsabilidad Social Empresarial) o porque debe hacerlo (alguna legislación o impuesto que exija una reducción obligatoria de GEI).  Por otra parte, del lado de la oferta se tiene una entidad que desarrolla un proyecto o actividad que está reduciendo o removiendo GEI (actividades basadas en la naturaleza, como bosques, o pueden ser también proyectos de energías renovables, eficiencia energética, transporte, etc) y que necesita financiamiento para poder llevar a cabo dicho proyecto o actividad. Entonces, la entidad que genera reducciones o remociones de GEI puede vender esos “activos de carbono” a la entidad que necesita compensar sus emisiones y esta entidad presenta esas unidades que adquirió para compensar lo que emitió.

Hay ciertos mercados de carbono que ya existen y que han sido creados a nivel internacional. Éstos se dividen entre:

 

Un actor clave en los mercados de carbono en general es el sector privado, para conocer más sobre el rol que puede tener tanto en el lado de la demanda como de la oferta de los mercados de carbono, haz click aquí:

¿Cómo se generan créditos o certificados de carbono?

Hay dos mecanismos por medio de los cuales se pueden generar créditos o certificados de carbono:

  1. Sistema de comercio de emisiones: Por medio de este instrumento, el gobierno establece un límite máximo de emisiones en uno o más sectores de la economía. Se puede decir que el gobierno está creando un nuevo conjunto de derechos de propiedad de uso de la atmósfera con base en un límite o tope de emisiones. A ese monto autorizado a emitirse se le conoce como permisos de emisión (el nombre que tienen en inglés es allowances) y cada permiso de emisión equivale a una tonelada de emisiones de GEI, las cuales se miden en unidades de dióxido de carbono equivalente (por lo general en toneladas, tCO2e). Este tipo de esquemas motiva a las entidades a implementar acciones de mitigación, puesto que, si el monto total de sus emisiones es inferior al monto permitido, pueden comercializar esa diferencia de emisiones. Por otra parte, si el monto total de emisiones es superior al monto permitido deberán adquirir permisos de emisión. La adquisición debe provenir de fuentes autorizadas por el gobierno, puede ser de otras entidades que hayan quedado debajo del límite o bien pueden ser otras unidades especificadas. Algunos SCE permiten la adquisición de créditos de carbono generados por los mecanismos establecidos en el mercado regulado o en los mercados voluntarios. A este tipo de mecanismo se le denomina de “tope y comercio” por su nombre en inglés, cap and trade system (Evans, Kansy, Gulrajani, & Mortlock, 2021).

  2. Mecanismos de acreditación: Estos mecanismos acreditan las reducciones o remociones de gases de efecto invernadero. Pueden tener diferentes formas, pero por lo general lo que se hace es fijar un nivel o intensidad de emisiones de referencia, a esto se le conoce como la “línea base”. Si la empresa, entidad o quien desarrolla el proyecto, reduce las emisiones por debajo de esa línea de referencia pueden generar créditos de carbono. Razón por la cual a estos mecanismos se les conoce comúnmente como sistemas de “línea base y crédito”, por su nombre en inglés baseline and credit systems. Cada crédito de carbono equivale a una tonelada de GEI, que se miden en toneladas de dióxido de carbono equivalente (tCO2e). Este tipo de mecanismo genera un suministro de créditos que han sido verificados. Por supuesto, se necesita demanda de estas unidades por lo que deben vincularse a un SCE, impuesto al carbono u otros tipos de compromisos obligatorios o voluntarios de compensación de emisiones de GEI (Evans, Kansy, Gulrajani, & Mortlock, 2021).

¿Qué es el Artículo 6 del Acuerdo de París y por qué se menciona cuando se habla de mercados de carbono?

El Artículo 6 del Acuerdo de París crea tres mecanismos de flexibilidad para alcanzar las metas de mitigación que se han establecido en las NDC: dos basados en mercados y uno de enfoques no relacionados con los mercados de carbono. Se menciona cuando se habla de mercados de carbono pues los mecanismos de mercado que establece se ubican dentro de ese mercado de carbono regulado que surge a partir de los acuerdos internacionales de cambio climático que se han negociado bajo la sombrilla de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático (UNFCCC por sus siglas en inglés). En este caso en particular es el Acuerdo de París el que le da vida a dos mecanismos de mercado: los enfoques cooperativos (establecidos por el Artículo 6, párrafo 2 del Acuerdo de París) y el Mecanismo del Artículo 6.4, el cual permite el comercio de créditos de reducción y eliminación de emisiones de GEI generadas (establecido por el Artículo 6, párrafo 4 del Acuerdo de París).